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20/11/2009 14:29:01
El juez falla contra el alcalde por vulnerar los derechos de acceso a la información del PP, al ocultar el informe técnico sobre el Cortijo Doña Ermita
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Se trata de la segunda condena democrática contra el Gobierno de Antonio Sánchez, por por lo que de incurrir en una tercera, el regidor podría ser inhabilitado como alcalde
El concejal Popular Manolo Navarro ha trasladado hoy a los medios de comunicación el contenido de la Sentencia dictada por el Juzgado Nº 5 de lo Contencioso-Administrativo de Málaga el pasado día 10, en la que se estima el recurso presentado en marzo de 2009 por el edil por una vulneración de sus derechos fundamentales recogidos en el art. 23 de la Constitución Española, que ampara la labor de control por los concejales de la oposición. La sentencia considera probado que el alcalde, Antonio Sánchez, vulneró este derecho de la oposición, al no facilitar el Expediente en el que se basó el mandatario para proceder a la demolición del Cortijo Doña Ermita, expediente que fue solicitado y negado reiteradamente al Partido Popular, que sólo tuvo acceso a ese documento en el que se determinaba el estado del inmueble una vez fue requerido por el Juzgado. Como ha recordado Navarro, el mencionado expediente administrativo sobre el ya demolido cortijo - que se adquirió hace ocho años por el Ayuntamiento cuando se encontraba en “buen estado de conservación”-, certifica que “el inmueble presenta un estado de abandono, que no de ruina, y se determinan las obras de reparación necesarias”, como a su vez recoge la sentencia, obras que hubieran costado 360.000 euros, “bastante menos que los 3,7 millones de euros que el alcalde ha querido gastar en un nuevo edificio que será una mala copia del anterior y unas plazas de aparcamiento que podían haberse hecho en los sitios programados”, explicó Navarro, quien destacó que “si ese informe se hubiera facilitado a tiempo a la oposición podríamos haber evitado la pérdida del inmueble”. Se trata de la segunda condena democrática contra el alcalde, Antonio Sánchez, en esta legislatura después de la injustificada expulsión del Pleno del concejal Ignacio Souviron; por tanto, si vulnera de nuevo los derechos de la oposición se enfrentaría una posible inhabilitación de su cargo y habría de responder con su propio patrimonio. Por otro lado, la sentencia viene a poner de manifiesto una vez más, la actitud deplorable del alcalde, que se escuda en los funcionarios municipales para intentar evitar su responsabilidad política en la vulneración de los derechos de la oposición. Esta actuación queda reflejada en los argumentos de la defensa, que si bien primero argumenta la no existencia del documento, después justifica la negación a la entrega del expediente en que (pág. 3 de la sentencia) “el Sr. Navarro Mármol no se preocupa de identificar quien del Departamento de Urbanismo le ha negado la entrega del expediente sin tener una autorización expresa del Alcalde…”, lo que a juicio de Navarro, “es un claro ejemplo de cómo el alcalde intenta escurrir el bulto una vez más implicando a los trabajadores municipales”. * En noviembre del año 2000 los periódicos se hacen eco del anuncio de la firma de un convenio con la propiedad de la finca donde se asienta el Cortijo Doña Ermita, para su cesión al municipio a cambio de un aumento en la edificabilidad de las promociones que se construyen en las inmediaciones. El cortijo se rehabilitará con fines culturales.
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